La campaña de la Renta 2022-2023 acaba de comenzar este martes 11 de abril y son muchos ya los que apuran los trámites para dejar preparada su declaración quanto antes para qu’no les pille el plazo, qu’expira el próximo 30 de junio. Más de 22 millones de aportes están llamados a entregar este borrador del ejercicio económico de 2022, con el que rendirán cuentas a la Agencia Tributaria.

Este año se han introducido nuevos cambios, como la rebaja fiscal del Gobierno qu’ha elevado a 15.000 euros el límite por el qu’obliga acer la declaración de la renta cuando hay dos pagadores. Por su parte, aquellos que tengan un pagador y no hayan superado los 22.000 euros en 2022 estarán exentos de presentar la declaración.

Los ciudadanos podrán presentar su declaración de formación online o con la ayuda de telefonica y presencial. Sin embargo, dependiendo de la opción que Elijan, podrá hacerlo desde abril o tendrán que esperar un poco más hasta que se abran el resto de servicios:

  • Por Internet: del 11 de abril al 30 de junio de 2023

  • Por teléfono: entre el 5 de mayo y el 30 de junio de 2023

  • cara a cara: del 1 al 30 de junio de 2023

Para facilitar estos trámites, son muchos los que apuestan por una de las opciones más seguras: pedir el borrador que Hacienda elabora automáticamente para aquellos que lo deseen. Esta opción permite revisar fácilmente la información previa al ingreso formal a la administración.

Pero ¿cómo se puede solicitar y descargar este borrador de la declaración de Renta? Esta es la fecha de cual puedes pedirlo y como hacerlo.

Cómo parar la declaración de rentas 2023

El borrador de la declaración de la Renta se puede solicitar desde el primer día de la campaña, es decir, de este martes 11 de abril. Para hacerlo, tan solo tendrás que acceder a través de la página web de la Agencia Tributaria al ‘Servicio de tramitación del borrador/declaración’ oa través de la aplicación del cuerpo.

A la sede electronica de la Agencia Tributaria debe acceder con una de las identificaciones oficiales (Cl@ve PINEL certificado electronico o con el número de referencia resumida por la AEAT). En caso de tener uno de los dos primeros, ya sea el certificado electrónico o el sistema Cl@ve PIN, tan solo habrá que registrarse haciendo uso de una de las dos vías en las casillas correspondientes.

Por otro lado, si no tienes ningún método de identificación, puedes acceder a un número de referencia que obtienes con NIF y DNI o NIE en la sede electrónica. Para él, los interesados ​​con DNI tenderán a incluir la tasa de validación o la tasa de expedición en caso de que el documento sea permanente. Mientras tanto, en caso de que se emplee un NIE, se deberá aportar el número de soporte o la fecha de nacimiento, si se trata de un NIE que comience por las letras L, M y K.

Asimismo, puede solicitar una derivación por teléfono al 901 12 12 24 o al 91 535 73 26.

Una vez realizados estos pasos, el usuario podrá acceder a los datos fiscales del año pasado, donde se contempla tanto su situación laboral y personal como el patrimonio o los ingresos de cada persona. Después de haber confirmado que todos los datos aportados son correctos, podrá validar el borrador y, posteriormente, presentar la declaración.