El mundo de las criptomonedas o monedas virtuales aún puede resultar algo desconocido para muchas personas. Este activo, «no posee legal estatuto de moneda o dinero, pero es aceptado como medio de cambio y puede ser transferida, almacenada o negociada electrónicamente», según se define en el artículo 1.5 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de la prevención del blanqueo de los capitales y la financiación del terrorismo. Por ello, desde el año 2021 se créó en la Declaración de la Renta un nuevo apartado solo para que señale las ganancias y pérdidas obtenidas con criptomonedas, en concreto, la casilla 46. del ‘universo cripto’ Adrián Espallargas estandar No ¿Cuál es el import mínimo para hacer la declaración de la Renta 2022-23? MA Recientemente, el Ministerio de Hacienda tuvo como intención instalar novedades respecto a las criptomonedas y la Declaración de la Renta, pero últimamente las han retrasado hasta el 2024, por lo que estos cambios se tendrán que aplicar en el ejercicio de la renta del 2023 y espere un modelo específico para transferir a Hacienda la tenencia de criptomonedas. ¿Cuándo tengo que declarar criptomonedas a Hacienda? “Al tener contenido económico las monedas virtuales como el resto de los bienes de los que se titular el sujeto pasivo del Impuesto sobre el Patrimonio deben ser declarados sección”, esto es lo que versa la web de la Agencia Tributaria en su apartado 14 de la ‘Formación del patrimonio bruto: reglas de valoración de los bienes y derechos’. Así, se entiende que cualquier operación hecha con monedas virtuales se declara obligatoriamente. Esto se aplica tanto si se han obtenido beneficios a través de ellas, o incluso pérdidas, ya que podría compensar con ganancias futuras. También aplica intercambios de criptomonedas con plusvalías, por ejemplo. Lo que resulte al operar con monedas virtuales, al gastar ganancias patrimoniales, debe declararse en el IRPF. Estos son los tramos por los que se deben tributar los beneficios con criptomonedas en la Declaración de la Renta: desde 200.001 euros: 26% Cabe añadir que por el mismo hecho de considerare ganancias patrimoniales, en este caso no se aplicaría el Impuesto de Valor Añadido (IVA). Como adelantamos, este año se ha incluido en la Declaración de la Renta la casilla 46 especial para declarar criptomonedas. Esto puede encontrarse en el apartado ‘Demás bienes y derechos de contenido económico’ bajo el epígrafe llamado ‘Saldos en monedas virtuales’. Esta será la forma de declarar las criptodivisas en Hacienda. ¿Hay cantidad mínima para declarar criptomonedas? Por el momento, la sola tenencia de criptomonedas no se considera motivo para que se declare obligatoriamente a Hacienda, solo cuando se opere con ellas de cualquier formado y se obtengan beneficios, pérdidas o se intercambien, es decir, si se ha generado uan lease. Así, puede que la duda recaiga sobre la cantidad que se ha recogido de dichas maniobras. Según el portal Roams Finanzas: “La normativa no establece un mínimo a la hora de declarar ante Hacienda las criptomonedas. Desde el primer euro que obtener gas de beneficio debería incluirlo en la Declaración de la Renta en la mencionada casilla 46”.

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