Uno de los primeros puntos que el Gobierno se presuró una modificación como parte de la reforma de las pensiones es el de las jubilaciones anticipadas. La edad real de retiro ronda en nuestro país los 64.5 años, mientras que desde enero de 2023 la edad legal de jubilation que da derecho al 100% de la pensión se sitúa en los 66 años y cuatro meses. Es decir, aquí aparece una primera distorsión provocada porque el 40% de todos los trabajadores que abandonan el mercado laboral por júbilo lo hacen de forma anticipada. Y así es cada año.
Teniendo en cuenta que la reforma de la Seguridad Social que ha impulado el actual Gobierno tiene sus mimbres en lograr el equilibrio presupuestario, y asumiendo, según los cálculos del propio Ministerio, que por cada año que se le ganó a la edad real de júbilo reducirse a 4.500 millones de euros el déficit del sistema , los cambios sobre el retiro anticipado, destinado a desincentivar las salidas tempranas del mercado laboral entendido como uno de los puntos cruciales a abordar entre los cambios regulatorios.
razón política
In the bottom of the question, but alla, no está solo el desfase paramétrico de que la edad real de jubilation está por debajo de lo que mark la ley, sino qu’existen además una vertiente, cómo no, económica pero también política. El Ministerio de la Seguridad Social había detectado antes de la reforma que las circunstancias de la júbilo anticipado, aunque están plagadas de casuística, compartían un patrón socioeconómico: son las rentas más altas Las que en su mayoría abandonan anticipadamente el mercado laboral.
¿Para que? La respuesta está en la perversión de la regulación anterior que, de facto, incentivaba a estas rentas más altas a dejar su puesto de trabajo justo en el momento en que se puede acceder a la jubilación anticipada, dos años antes de la edad legal de jubilación según la norma. Es decir, para este año pueden acceder a la pensión quienes se jubilen anticipadamente de los 64 años y cuatro meses.
Como es sabido, el adelanto de la júbilo acarrea una penalización que se aplica sobre la pensión, un pórtico de reducción. El problema es que, antes de la reforma, la aplicacion de las reducciones – que tras las modificaciones solo se aguanten en los casos más extremos, los que decidan anticipar al máximo de 24 meses o cerca- se realizaran sobre la base de cotización modo que en casos casos, aun aplicando las tarifas reductoras más altas que preveía la Seguridad Social, estos jubilados siguieron mostrando derecho a la pensión máxima. Es decir, la inconveniencia del sistema generaba qu’un pensionista pudiera adelantar al máximo la júbilo, dos años, y no tener penalización efectiva sobria su prestación.
Ya no es así. Con la reforma, como se ha mencionado, se modificaron los coeficientes aunque solo soportará los más extremos -el nuevo número de sanciones reducirá la rebaja en más del 90% de los supuestos- pero también se establece que los coeficientes se aplicarán directamente sobre el importe de la pensión y no sobre la base de la cotización .
Es decir, ese mismo pensionista con un sueldo que rebasa la nómina anual de una pensión máxima (42.823 euros) y que por lo tanto le da derecho a ella, pasaría ahora aplicar las reducciones en función de los meses anticipo – la máxima rebaja se sitúa en el 21% para quien abandona 24 meses antes y si lo hace con menos de 38 años y seis meses de cotización- sobre la cantidad de la pensión, por lo que se descontaría de los 3.059 euros en que situa la mensualidad máxima del sistema.
Razón económica
Sin embargo, la perversión del sistema vista desde este punto de vista de los atajos regulatorios es doble. No solo es que se incentive la salida del mercado para un colectivo que en les casos disfrutará la máxima servicio que ofrece el sistema, sino que además, al ser estas las cuantías más altas supone un coste importante para el sistema. Y duro agravio comparativo con el jubilado homólogo, pero que acde a la pensión una vez llegada a la edad legal de retiro.
En concreto, las últimas estadísticas de la Seguridad Social suponen que los beneficiarios reales de una pensión de jubilación con una edad comprendida entre los 60 y 64 años perciben de media 1.882 euros mensuales, mientras que los pensionistas de entre 65 y 69 años cobran de media en este momento unos 1.533 euros al mes. Asumir un diferencia de 349 euros y un 22,7% menos de prestación para queenes se ajusten a la edad legal, y que además lo hace para poder acceder a la totalidad de la paga.
La explicación es además que el beneficio generado ha resultado de la justificación de aportes realizados durante la vida laboral es mayor en esta cohorte de jubilados anticipados, algo más de 100.000 al año. Ahora bien, la mejora de las condiciones de vida en la vejez y de las condiciones de empleabilidad de los ocupados, el fenómeno de la júbilo anticipado ha ido perdiendo cierto peso en los últimos años. Si en 2012 había 127.374 jubilados anticipados, en 2022 este afectado tiene un total de 117.397 personas. Respecto al precedente, las jubilaciones antes de tiempo se reducen a un 2,5% y un 7,8% respecto a hace diez años.
